La Real Academia de la Lengua Española, en la vigésimo tercera edición en línea del Diccionario de la Lengua Española, ¡ha reconsiderado, aceptado e incorporado la recomendación de modificar la definición de la palabra Espiritismo, según la solicitud sometida por el Consejo de Relaciones Espírita Puertorriqueño! Esto representa un gran logro y adelanto para el Espiritismo a nivel internacional y para el público hispanoparlante. Representa un motivo más para continuar explorando oportunidades de divulgación y educación sobre esta hermosa doctrina esclarecedora.
Estos esfuerzos comenzaron el pasado 31 de marzo de 2012 con una carta enviada por correo aéreo de parte del Consejo de Relaciones Espírita Puertorriqueño a la Real Academia Española solicitando la revisión de las palabras: Espiritismo, espiritista y espírita. Luego de varias comunicaciones electrónicas y seguimiento, el 6 de abril de 2015 recibimos la noticia, por conducto de la Secretaría de la Real Academia Española, que el Instituto de Lexicografía había desestimado nuestra solicitud de enmienda, sin mayor explicación. A tales efectos, le solicitamos por correo electrónico que reconsideraran su decisión y que el Consejo de Relaciones Espírita Puertorriqueño se ofrecía a colaborar con el instituto en la investigación y revisión de documentos y evidencia que sustentaban dicha solicitud de enmienda.
La palabra espiritismo debutó en el Diccionario Usual (nombre del diccionario para entonces) en 1884 y durante el transcurso del tiempo fue revisada y modificada tímidamente. Su definición no se revisaba desde el año 2001.
Las recomendaciones sometidas aparecen en el diccionario como una segunda acepción de la palabra Espiritismo la cual hace honor al trabajo y legado del Maestro Hippolytte Leon Denizard Rivail. Ya podemos decir que el diccionario cuenta con una definición apropiada y representativa que puede ser utilizada como fuente de referencia que refleja la realidad histórica y su significado real.
Es necesario reconocer también los esfuerzos de todas las instituciones espíritas que se unieron para contactar a la Asociación de Academias la Lengua Española en sus respectivos países para atender este asunto.
El 21 de octubre de 2015, en una carta electrónica de agradecimiento enviada a la Real Academia Española, el Consejo de Relaciones Espírita Puertorriqueño aprovechó la oportunidad para incluir unas observaciones dirigidas al Instituto de Lexicografía para dejarles saber que la acepción inicial con la cual definen la palabra espiritismo en el diccionario a lo que realmente hace referencia es a la palabra mediumnismo (palabra que aún no figura en el diccionario de la RAE) ya que la “Creencia en que a través de un médium, o de otros modos, se puede comunicar con los espíritus de los muertos” se observa en algunas religiones afro-caribeñas, en el budismo, en la metafísica, en algunas tribus indígenas, en el Vudú, shamanes y otras formas de pensamiento espiritualista que no guardan relación con el Espiritismo. Les aclaró que el Espiritismo tiene como centro el estudio de los espíritus dentro de un marco doctrinario, mientras que el mediumnismo tiene como centro de atención al instrumento (médium) que establece la comunicación con los mismos. De esto se desprende que el mediumnismo es distinto al Espiritismo, por lo que merece otra definición para establecer las diferencias.
El Consejo de Relaciones Espírita Puertorriqueño mantendrá la comunicación con la Real Academia Española para continuar apoyando sus esfuerzos de promover el uso apropiado del idioma castellano en relación con los conceptos espíritas.
- AÑO 2 • NÚMERO 5 • OCTUBRE 2015https://docs.wixstatic.com/ugd/b9cae0_1ac8432093bf421b8a3a377d4d60bf5f.pdf
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